Bases de la Convocatoria de Ayudas a Proyectos de Investigación AEET en Ecología 2023

 1. Destino de las ayudas 

La AEET ofrece seis bolsas de ayuda a proyectos de investigación liderados por investigadores e investigadoras en las primeras etapas de la carrera científica relacionados con el ámbito de nuestra asociación y de la Sociedad Ibérica de Ecología (SIBECOL), incluyendo áreas de ecología teórica, terrestre, marina y de aguas continentales. El objetivo de estas ayudas es apoyar en las fases iniciales de la carrera científica mediante la financiación de proyectos individuales (liderados por un solo investigador/a), originales, con entidad propia, bien focalizados y de calidad científica contrastable. Por tanto, no se pretende financiar proyectos de gran envergadura, ni las actividades de grupos de investigación consolidados. Este apoyo cobra especial relevancia en ámbitos geográficos en los que la financiación de la investigación es limitada y en los que se pretende estimular la calidad de la investigación ecológica.


 2. Modalidades 

Se concederán un total de seis becas de ayuda, con un número distinto de becas por categoría y con las siguientes dotaciones económicas:

  1. Modalidad “Tomando la iniciativa”. Se concederán dos becas de ayuda. Destinatarios/as: Investigadores/as pre-doctorales inscritos en un programa de doctorado que no hayan defendido aún la tesis. Cuantía de la beca: 2000 €
  2. Modalidad “Ganando independencia”. Se concederán tres becas de ayuda. Destinatarios/as: Investigadores/as post-doctorales que hayan defendido la tesis doctoral hace menos de tres años. Cuantía de la beca: 2.500 €
  3. Modalidad “Consolidando la investigación”. Se concederá una beca de ayuda. Destinatarios/as: Investigadores/as post-doctorales que hayan defendido la tesis hace más de tres años y menos de seis años. Cuantía de la beca: 3.000 € 


Los importes de las dotaciones son netos(1) y se darán por anticipado a la ejecución del proyecto en un plazo máximo de tres meses una vez resuelta la convocatoria.

(1) Debido a que la AEET no está declarada formalmente como una Asociación de “utilidad pública” las becas que emite no están exentas de gravamen fiscal y tributan como rendimientos del trabajo, por lo que, la Asociación depositará en Hacienda el 15% del importe bruto de la beca en concepto de retención de IRPF y el beneficiario deberá declarar el ingreso bruto en su declaración de la Renta del ejercicio que corresponda. 


 3. Requisitos de los solicitantes 

3.1. Requisitos generales: 

Todos los/las solicitantes independientemente de la modalidad a la que concurran deberán:

  • Ser socio/a (en modalidad Regular o Estudiante) de la AEET, y/o SIBECOL (incluidos socios de la AIL, SPECO y SEEEE) al corriente de pago en el momento de presentar la solicitud.
  • Solicitar la ayuda a título individual.
  • No haber sido beneficiario/a en alguna de las anteriores ediciones de esta convocatoria de ayuda independientemente de la modalidad en la que se concurse. 


3.2. Requisitos específicos de cada categoría:

  • “Tomando la iniciativa”: Estar cursando un programa de doctorado oficial en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
  • “Ganando independencia”: Post-doctorales que hayan leído la tesis doctoral hace menos de (o igual a) tres años en el momento de presentar la solicitud.
  • “Consolidando la investigación”: Post-doctorales que hayan leído la tesis hace más de 3 años y menos de (o igual a) seis años en el momento de presentar la solicitud. 


Respecto a la fecha límite superior desde la lectura de la tesis, definida en las categorías post-doctorales, se aplicará una prórroga de un año por descendiente a las madres que concurran a estas categorías. Aquellos solicitantes que consideren que tienen algún otro motivo justificado para pedir una prórroga (e.g., bajas prolongadas por cuidados a familiares o enfermedad), podrán consultar si tienen derecho a ella escribiendo a la Secretaría de la AEET (secretaria@aeet.org).


 4. Requisitos de los proyectos 

Los proyectos de investigación para los que se solicita la ayuda deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • La recogida de datos no debe haberse realizado antes de la fecha de concesión de la ayuda. Solo se admitirá el uso de datos (muestreos) ya recopilados cuando las preguntas de investigación y el tratamiento de los datos tengan un claro enfoque nuevo e independiente de otros usos y proyectos anteriores.
  • Las hipótesis y los objetivos planteados deben ser originales. No se financiarán acciones de promoción o divulgación de proyectos ya llevados a cabo.
  • Cualquier propuesta que implique experimentación con animales se ha de plantear y desarrollar en el marco de la normativa sectorial específica competente y debe respetar los principios de bienestar animal definidos por el TFUE.
  • El presupuesto debe ajustarse al importe total de la dotación de la beca y deberá gastarse íntegramente. Puede incluir cualquier gasto derivado de la ejecución del proyecto a excepción de:
    1. Pagos de “sueldos” al solicitante o a terceros para la ejecución de tareas.
    2. Gastos por publicación en OA y/o servicios de traducción.
  • Carecer de financiación específica que cubra los mismos costes que se pretenden financiar con la ayuda. El solicitante deberá aportar una declaración expresa de que no recibe financiación alternativa de otra fuente para sufragar los mismos conceptos que constan en su solicitud.



 5. Criterios de evaluación de las propuestas 

Las propuestas serán evaluadas por un Comité formado por, al menos, cinco personas. Con objeto de garantizar la imparcialidad y transparencia de la adjudicación, solo uno de los/las evaluadores/as será miembro de la Junta Directiva de la AEET.

Se valorarán positivamente los siguientes aspectos:

  • Viabilidad de la propuesta.
  • Originalidad, grado de innovación y calidad científica de la propuesta.
  • Currículum del/de la solicitante.
  • Independencia de la propuesta de otras fuentes de financiación. 


La AEET se ha adherido a la “Declaration on Research Assessment” (DORA) de San Francisco, que se puede consultar en https://sfdora.org/. Por ello, en la evaluación de la propuesta se valorará principalmente el contenido científico de la misma, y en el caso del curriculum vitae, se evaluará el conjunto de todos los resultados de la investigación (incluidos los conjuntos de datos y el software) además de las publicaciones de investigación. De estas últimas, primará el criterio de calidad del contenido científico del artículo frente a las métricas de publicación o la identidad de la revista en la que fue publicado (https://sfdora.org/read/es/).

La evaluación se realiza en tres fases, los criterios de evaluación están disponibles en esta web. Recomendamos a los/las solicitantes que tengan en cuenta estos criterios a la hora de elaborar la propuesta de su proyecto.


 6. Presentación de solicitudes 

La solicitud deberá contener información precisa del objetivo de la investigación, el plan de trabajo, y la justificación del presupuesto.

Se deberá aportar la siguiente documentación:

  1. Memoria descriptiva del proyecto. No debe exceder de las 5 páginas (sin incluir la bibliografía), con un tamaño de fuente de letra estándar (p. ej. Times New Roman, mínimo de 11 puntos) y debe cumplimentarse en la plantilla reglamentaria.
  2. Curriculum vitae del solicitante, que no debe exceder de las 4 páginas.
  3. Los/las concursantes a la modalidad predoctoral deberán aportar un documento acreditativo de estar cursando un doctorado.


El hecho de concurrir a la presente Convocatoria 2023 del Programa supone la aceptación por el candidato de sus bases y de su resolución, que será inapelable, y la renuncia a cualquier tipo de reclamación. La participación en la presente convocatoria implica que el/la candidato/a acepta ceder a la AEET el uso de los datos contenidos en su formulario de solicitud, que serán solo utilizados con fines relativos a la evaluación de las propuestas y a efectos estadísticos, de participación, evaluación y comunicación de resoluciones y, en caso de resultar beneficiado/a, a los efectos derivados de los procesos de seguimiento y comunicación de los resultados, incluidas las posibles publicaciones derivadas de la ejecución del proyecto, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación sobre propiedad intelectual y sobre protección de datos de carácter personal.

Se realiza una única convocatoria anual. El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria del 2023 estará abierto desde el 15 de marzo hasta el 15 de junio de 2023 (23:59 h. UTC+1).

Para formalizar la solicitud se deberá cumplimentar el formulario de solicitud disponible en https://www.aeet.org/forms/proyectos_investigacion anexando los documentos anteriormente listados en los puntos 1, 2 y 3 de este apartado. La Secretaría de la AEET enviará un acuse de recibo de la solicitud.
 
 
 7. Compromisos adquiridos por el adjudicatario 

El/la adjudicatario/a de la ayuda deberá:

  • Firmar una carta de aceptación de la ayuda, así como de acatamiento de las bases de la convocatoria.
  • Dar debido crédito a la AEET (y al patrocinador específico de la beca, si lo hubiera) en toda la documentación relativa al proyecto. Si el proyecto diera lugar a alguna publicación, la AEET (y el patrocinador) deberán constar en los agradecimientos.
  • Presentar un informe de gastos por el total del importe adjudicado, aportando justificantes de los pagos (tickets, recibos o facturas), que deberá enviarse a la Secretaría de la AEET (secretaria@aeet.org) antes del 15 de abril de 2025.
    Los gastos repercutidos deberán ajustarse a lo especificado en la partida presupuestaria consignada en el formulario de solicitud y deberán haberse efectuado en fecha posterior a la adjudicación de la ayuda. En ningún caso el beneficiario podrá repercutir, o solicitar el reembolso de, gastos extraordinarios no declarados en la solicitud, en los que pueda incurrir el beneficiario durante el desarrollo del proyecto.
  • Presentar una memoria científico/técnica de los resultados obtenidos del proyecto y su discusión, que deberá enviarse a la Secretaría de la AEET (secretaria@aeet.org) antes del 15 de abril de 2025.
    En caso de haber realizado estudios con animales, en la memoria del proyecto se deberá acreditar documentalmente que, i) en relación a la provisión de animales se ha contado con suministradores autorizados y que, ii) en relación a los procedimientos, se han llevado a cabo por usuarios / centros capacitados y han contado con la supervisión del Comité de ética y la autorización de los órganos competentes.
    Esta memoria podrá ser publicada en alguno de los medios de difusión propios de la AEET. 


 
 8. Otras disposiciones 

  1. Las propuestas que no cumplan con los requisitos especificados en los puntos 3, 4 y 6 en forma, contenido o plazos, serán desestimadas para concursar en la presente convocatoria.
  2. La AEET se reserva el derecho de dejar desierta cualquiera de las becas emitidas en esta convocatoria si, i) alguna de las categorías no recibe solicitudes postulantes y/o ii) se considera que las solicitudes recibidas no alcanzan el nivel mínimo requerido para superar los criterios de evaluación* considerados en la fase 1, siendo estos, a) calidad científica de la propuesta y b) viabilidad de la misma.
  3. La AEET se reserva el derecho de revocar las becas concedidas en esta convocatoria y reclamar el reintegro del importe de la ayuda durante un plazo de 48 meses siguientes a la concesión de la ayuda si se demuestra que el receptor de la ayuda ha incumplido alguno de los requisitos especificados en las bases de la convocatoria.
  4. la AEET no se hace responsable de los daños o perjuicios causados a terceros o al propio adjudicatario de la ayuda, ni de las infracciones legales en las que el beneficiario pueda incurrir, en el curso de la ejecución del proyecto becado.



Descargar plantilla reglamentaria de la Memoria 
Descargar Bases de la convocatoria en pdf
Descargar Criterios de evaluación en pdf
Descargar FAQs (preguntas frecuentes)